Oscar Mauricio Toro Valencia, en calidad de Personero del municipio de Dosquebradas, presentó acción de tutela en contra del ICETEX en representación de una joven universitaria la cual se encontraba terminando sus estudios de pregrado en contaduría pública en la ciudad de Pereira, cancelando los respectivos semestres a través de un crédito.
 
Para el segundo semestre del año 2016 realizó el trámite de matrícula académica en la universidad, donde le manifestaron que el ICETEX no había efectuado el desembolso del dinero para la matrícula de este periodo; en la universidad le informaron que para poder continuar con sus estudios debía firmar un pagare por el valor total de la matricula mientras resolvía el inconveniente con el ICETEX.
 
El ICETEX le manifestó que no era procedente realizar el desembolso del giro correspondiente al periodo 2016-II, por cuanto dicho periodo se encontraba presupuestalmente cerrado y, supuestamente, como ella estaba en mora en las fechas estipuladas para realizar los pagos del crédito, no era viable realizar el desembolso, toda vez que no cumplía con los requisitos de renovación del crédito.
 
Una vez verificados los recibos de pago de la joven, se pudo constatar que no se encontraba en mora y por lo tanto si cumplía con los requisitos de renovación del crédito, por lo anterior, se presentó acción de tutela, ya que el ICETEX al no desembolsar el pago de la matrícula, le estaba vulnerando el derecho fundamental a la Educación.
 
El despacho judicial accedió a lo solicitado por el Personero Municipal de Dosquebradas y le ordenó al ICETEX, efectuar el desembolso del crédito otorgado a la joven para el periodo 2016-II a la respectiva institución educativa, y a la universidad se le advirtió que así el ICETEX no hubiese hecho el desembolso del dinero no podía negarse a proceder con el grado de la joven, ni negarle su derecho a la educación.
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