siguiendo los lineamientos expuestos en la Ley 1448 y su decreto reglamentario 4800 la Personería Municipal convocó a comité ejecutivo extraordinario a la MMVD (Mes Municipal de Víctimas de Dosquebradas ) organismo creado para la participación efectiva de las víctimas en el marco del conflicto armado,dicha ley creó los espacios de participación a nivel municipal, departamental y nacional.
Se denomina mesa porque la finalidad de su dinámica es discutir planes programas y proyectos, encaminados a la aplicación de las políticas públicas que benefician esta franja poblacional.
por lo cual en dicha reunión se discutieron las estrategias que deben ser concertadas con la Alcaldía Municipal para definir una línea estratégica para la atención de víctimas en el Plan de Desarrollo Municipal , esta línea estratégica debe contener los siguientes puntos que garanticen la recuperación y preservación de los derechos humanos de las las víctimas :
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Salud: en donde se deben incluir los aspectos médico y psicosocial
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Educación
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Seguridad colectiva e individual
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Vivienda prioritaria y de interés social
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Empleabilidad proyectos productivos y que se respete al menos el 10% de los empleados de nómina que deberán ser víctimas (incluidas en el registro único)
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participación : el el consejo de paz, consejo territorial de planeación ,mesa municipal de víctimas de dosquebradas,comité de justicia transicional.
asi mismo la resolución 0388 de 2013 define el protocolo de participación efectiva de las víctimas, donde están representados los hechos victimizantes violatorios y los enfoques diferenciales de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario tales como:
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vida y libertad
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integridad física
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desplazamiento forzado
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delitos sociales
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jóvenes
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mujeres
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adultos mayores
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discapacidad
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comunidad LGTBI.